• AIHC1 S/. 2.35 (-4.08%)
  • ALICORC1 S/. 6.8 (-2.16%)
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  • SCOTIAC1 S/. 38.0 (-1.78%)
  • SGP US$ 0.36 (+0.0%)
  • SIDERC1 S/. 0.73 (-1.35%)
  • SUE US$ 0.84 (-1.18%)
  • TELEFBC1 S/. 2.09 (+1.95%)
  • TUMANC1 S/. 2.96 (+0.34%)
  • TV US$ 1.01 (+0.0%)
  • VEM US$ 0.22 (-4.35%)
  • VOLCAAC1 S/. 4.71 (+0.0%)
  • VOLCABC1 S/. 2.97 (-0.34%)
  • ZNC US$ 0.15 (+0.0%)
Fuente: Bolsa de Valores de Lima

Tecnología

Indecopi sanciona a empresa por Spam sentando el primer precendente sobre la materia

11 de Setiembre de 2009

La Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI declaró consentida la primera resolución que sanciona a una empresa por haber enviado publicidad comercial no solicitada (SPAM) a un usuario peruano, sentándose el primer precedente administrativo sobre la materia en nuestro país.  

El caso tienen como origen la denuncia presentada por el usuario en el 2007, en contra de Escuela de Empresa SAC, empresa que había enviado durante varios meses correos electrónicos no solicitados (SPAM) al denunciante, los cuales no cumplían con los requisitos exigidos por ley para considerarlos lícitos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28493 – Ley Antispam Peruana. 

Entre las infracciones cometidas por dicha empresa está la de haber enviado los mensajes con nombres de remitentes inexistentes y que los mismos habían presentado manipulaciones técnicas en el campo “asunto” y el cuerpo del mensaje, a fin de impedir su bloqueo a través de los filtros antispam; todo ello expresamente prohibido por la citada ley.

Escuela de Empresa SAC fue sancionada con una multa ascendente de 5 UIT.

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    3 comentarios

    Cerrar
    • 3 | Walter 18 sep 18:18

      Revisar el blog de Enrique Bardales que comenta respecto de la competencia de la Comisión de Protección al Consumidor.

    • 2 | Paul H. Castro García (http://castrolaw.com.pe) 12 sep 10:37

      Primero felicitar a Erick, abogado destacado en temas de nuevas tecnologias y propiedad intelectual, por el triunfo legal; segundo, sería bueno tener la resolución de la CPC para poder comentarla con mas detalle (he tratado de acceder a ella por la pagina web de INDECOPI pero, hoy sabado para variar esta inhabilitada); por otro lado, sin embargo me queda la duda entre la ley que regula el spam y la reciente directiva aprobada por INDECOPI sobre el registro "Gracias..no insista", ya que ambas atacan el mismo problema pero veo que los plazos no son congruentes.

    • 1 | Erick Iriarte Ahon (http://www.iriartelaw.com) 11 sep 17:16

      Mas informacion en: http://www.alfa-redi.org/noticia.shtml?x=12088Iriarte & Asociados (http://www.iriartelaw.com), fueron los abogados que llevaron el presente caso, que se convierte en uno de los pioneros de america latina.

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    Fuente: Bolsa de Valores de Lima. Bolsa de Valores de Lima Términos de uso

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    Nasdaq
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