Macroeconomía
Exclusivo en la web
Por César Bedón, Decano del Colegio de Economistas de Lima
03 de Febrero de 2010
El pasado 13 de enero el economista Ricardo V. Lago, en su Blog “El Nuevo Sol” me invitó a recibir sus puntos de vista en un sano debate. Estos puntos de vista los presentó bajo el título de “La Economía del Surrealismo”.
Una precaución adicional que nos alcanzó es que él utiliza la hipérbole por ser su estilo para ilustrar sus argumentos. El estilo, como sabemos, refleja la íntima personalidad del agente y no la realidad objetiva del acto o hecho. Esta precaución si que es difícil de aceptar en un debate profesional, pues sus puntos de vista son lanzados principalmente a la comunidad de economistas peruanos.
Por ello quizá la primera tentación sería la de no participar en un debate con un economista hiperbólico autoproclamado. Sin embargo, nuestra orden merece respeto y ha sido maltratada y por ello acudimos al debate, aceptando su felicitación por el “nombramiento”.
Comparto plenamente con Lago la defensa de la competitividad, la eficiencia (y mejor aún la eficacia) y el desarrollo de la economía peruana. Nosotros, los economistas peruanos, defendemos además la búsqueda de la redistribución del ingreso y el combate a la pobreza.
Aquí, un listado de nuestras principales observaciones a los puntos de vista del colega, esperando además que nos conceda el honor de acudir a nuestra invitación para participar en un debate público con los economistas peruanos:
1. Falta a la verdad cuando advierte a los empresarios peruanos al decirles, que si facturan en un año más de 1,500 remuneraciones mínimas están obligados bajo responsabilidad penal a contratar a un economista. Esto no es cierto. La disposición a que alude con equivocación fue derogada por el Decreto Ley Nº 25988 del 7-12-1992, durante el dictatorial “Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional” de Alberto Fujimori. Pero no es como Lago la presenta.
2. La disposición fue dada mediante Ley Nº 24531 por nuestro actual Presidente, Dr. Alan García Pérez y lo que realmente señalaba era que la exigencia de contar con la asesoría de un economista se daría sólo en el caso que las empresas públicas y privadas debieran certificar la situación y proyección económica ante los organismos de financiamiento nacional o internacional. Esto tenía y tiene lógica.
Así como estas mismas empresas deben contratar a un Contador Público Colegiado para dar fe de sus resultados contables, los economistas, por la salud financiera de nuestro país, recibieron del presidente García la potestad que les daba el Estado peruano de certificar que los agentes económicos al acudir a los entes financieros presentaran información y pronósticos económicos sustentables; y los únicos profesionales a los que el Estado peruano forma profesionalmente para dar esta certificación es a los economistas, lo admita o no el colega Lago.
3. Podríamos calcular ¿cuántos créditos mal dados, y posteriormente incobrables, se hubieran evitado si no se hubiera derogado en el gobierno de Fujimori esta exigencia? ¿Cuánto del dinero de todos los peruanos no se hubiera aplicado sin garantía de recupero durante el fujimorato si los economistas hubiéramos mantenido esta facultad certificadora que el Estado nos había confiado? O ¿cree nuestro buen amigo Lago que esa certificación para la confianza de todos los peruanos de que nuestros recursos son bien aplicados la puede dar como él dice un estadístico o un abogado, con el respeto que nos merecen? Definitivamente absurdo este planteamiento y los resultados desastrosos para nuestro país en términos de corrupción lo hemos pagado y lo seguimos pagando con sufrimiento los peruanos.
4. Un error adicional cometido por Lago es juntar en un mismo grupo, según él distinto a los economistas, a los “ingenieros económicos”. No colega Lago, la legislación peruana reconoce con iguales atributos y responsabilidades a los ingenieros economistas, a los licenciados en economía y a los economistas. Los ingenieros economistas pueden optar para colegiarse ya sea en el Colegio de Ingenieros o en el Colegio de Economistas pero igualmente están obligados a colegiarse.
5. Ofende al Perú el colega Lago, seguro que sin quererlo, al decir que “en el Perú el economista no colegiado, en realidad por ley no es economista”. La ley lo que establece es que la colegiación del economista es obligatoria “para el ejercicio legal de la profesión” y esta es una disposición amparada por el Art. 20º de nuestra Constitución. No es que no sea economista el no colegiado sino que simplemente no puede ejercer “legalmente” la profesión. Tampoco podría auto proclamarse economista si no lo es porque no tiene título. Esto, dentro de nuestro ordenamiento jurídico, es igual para el contador público colegiado que certifica los balances ante la SUNAT, para el médico colegiado que le otorga un descanso o le habilita a cobrar un seguro, para el arquitecto colegiado que firma sobre el diseño de su casa, para el Ingeniero civil colegiado que certifica los cálculos de estructuras de su departamento, para la obstetra colegiada que atiende el parto de su esposa o para el abogado colegiado que le brinda defensa profesional ante una demanda civil o penal. ¿Por qué tanta dureza entonces con el economista colegiado?
6. No es surrealismo defender nuestras leyes. En España, por ejemplo, la Ley de Colegios Profesionales en su Art. 3º indica que “Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente. O sea que no es sólo en el Perú como dice Lago, sino que esta obligación existe en todos los países del mundo civilizado como una garantía de la institucionalidad y contra el caos.
7. Así mismo el Real Decreto Nº 871/77 dado en España el 26-04-77 ”Estatuto Profesional de Economistas” dice “… Sólo podrán utilizar la denominación profesional de Economistas los titulados a que se refieren los dos párrafos anteriores que se hallen incorporados a los Colegios de Economistas correspondientes…”
8. Lago califica al Decano del Colegio de Economistas de Lima que rebaso el surrealismo por citar el Código Penal Peruano, ridiculizando el que éste sancione con pena privativa de libertad a quienes ejercen ilegalmente una profesión, no sólo la de economista, sino todas.
9. Los economistas peruanos colegiados y habilitados no hemos dicho jamás que colegas peruanos en el gobierno pero no colegiados hayan desempeñado deficientemente sus funciones.
10. Si no tiene título profesional otorgado, revalidado o reconocido por una universidad peruana (igual a lo que sucede en España), no es legalmente economista. Puede tener los grados de bachiller o magíster o doctor y ser muy bueno en su desempeño, pero no es un economista.
11. Nos cae mal a los economistas colegiados peruanos la apreciación del colega Lago de que estaríamos pasando el mensaje al pueblo peruano que la Ministra de Economía y el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), no están capacitados técnicamente para desarrollar sus funciones. Y claro que es un disparate afirmar que hemos dicho tal cosa.
12. No es cierto tampoco que la colega Ministra de Economía haya optado por no colegiarse. Se trata de una colega economista titulada y colegiada en nuestra Orden con el Nº 02681, la misma que además dignifica el rol de la mujer economista peruana exitosa y que ha merecido ser distinguida por nuestro Colegio por su eficiente desempeño en la cartera de Comercio Exterior y Turismo.
13. Como ella están igualmente colegiados en Lima 7,086 colegas economistas como nuestro ex Presidente Alejandro Toledo, el actual Presidente del Congreso de la República Luis Alva, el Ministro de Transportes Enrique Cornejo, la Jefa de la SUNAT, Nadil Hirsch, el fundador del Banco de Crédito Dionisio Romero, el ex Presidente del BCRP Richard Webb, el tres veces Ministro de Economía y ex Presidente del BCRP Javier Silva Ruete, dos de los actuales Directores del BCRP Abel Salinas y Alfonso López-Chau, el ex Presidente del Banco de la Nación Kurt Burneo y su actual Presidente Humberto Meneses, entre otros miles de prestigiosos economistas que sería largo de enumerar.
14. Lago resulta, seguro que sin querer, ofensivo cuando señala que para colegiarse basta con “pasar por caja”. En el Colegio de Economistas de Lima aplicamos el “Programa de colegiación a costo cero” que permite a los jóvenes titulados como economistas a colegiarse sin pagar nada por cumplir con esta exigencia legal.
15. Igualmente yerra el colega cuando dice que un bachiller en economía puede anunciarse amparado por la Ley como Economista. Eso es falso. Sólo puede anunciarse como Economista, repetimos, el que posee título. Eso es lo que dice la Ley.
16. De paso nos permitimos recordarle que el Reglamento de la Ley del Economista señala que todo economista extranjero que fuera contratado por el sector público y/o privado deberá registrarse en el Colegio de Economistas y recibir un permiso especial otorgado por el mismo Colegio, igual a lo que sucede en España, en toda la comunidad europea y en todo país en que se haga respetar la ley y la institucionalidad.
17. En nuestro país se ejerce la profesión de Economista dentro del libre juego de la oferta y la demanda. Los economistas como todos los peruanos exigimos el respeto a la legalidad.
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